La Orden SND/310/2020 del 31 de marzo emitida por el Ministerio de Sanidadcon la finalidad de combatir el brote del coronavirus en España ha entrado en vigor a partir de hoy. En el documento se consigna que las ópticas y los establecimiento de audioprótesis prestan servicios esenciales.
2 de abril: en vigor la orden del Ministerio de Sanidad que establece como esenciales los servicios que prestan las ópticas y audioprotesistas
De esta manera, el Ministerio de Sanidad ha comenzado a desplegar los instrumentos para llevar a ejecutar el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el cual, el gobierno declaró el estado de alarma para frenar el avance del Covid-19. Además, también se acogen las disposiciones del Real Decreto- ley 10/2020 de 27 de marzo, en el que se adoptan medidas complementarias en el ámbito laboral.
El Real Decreto- ley 10/2020 de 27 de marzo, en su artículo 1, señala que “se entenderán como servicios esenciales para la consecución de los fines descritos en el mismo, cualquiera que sea la titularidad, pública o privada o el régimen de gestión, los centros, servicios y establecimientos sanitarios, que determine el Ministerio de Sanidad”, dice en la orden.
La orden incluye un anexo con la relación de los “centros, servicios y establecimientos sanitarios que se determinan como servicios esenciales”. En esta parte se menciona a las ópticas, establecimientos de audioprótesis, oficinas de farmacia, botiquines y ortopedias.
En este enlace puede leer la Orden SND/310/2020 que ya está vigente.
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