La polémica está otra vez a la vista.
Los ópticos se oponen al intento de un grupo de oftalmólogos de bloquear su acceso a la sanidad pública
La salud no es exclusiva ni monopolio de ninguna profesión, es multidisciplinar y se nutre de todos los profesionales sanitarios que la sociedad ha preparado al más alto nivel
El Consejo General de Colegios de Ópticos de España (Cgcoo) se ha lanzado en defensa de los profesionales del sector ante la posición asumida por la posición asumida por la Sociedad Española de Oftalmología y la Sociedad Oftalmológica de la Comunidad Valenciana a raíz de que, el pasado 6 de febrero, la Comisión de Sanidad de las Cortes Valencianas aprobase por unanimidad la Propuesta No de Ley (PNL) sobre la conveniencia de la inclusión del Óptico-Optometrista en la Atención Primaria del Sistema Valenciano de Salud.
Les Corts Valencianes presentan una proposición para incluir a los ópticos en la sanidad pública
La Sociedad Española de Oftalmología y la Sociedad Oftalmológica de la Comunidad Valenciana han manifestado su oposición a la PNL en “aplicación de la al amparo de la vigente Ley de Ordenación LOPS 44/2003, reguladora de las funciones y competencias de las profesiones sanitaria”.
En este enlace puede leer el comunicado de la Sociedad Española de Oftalmología y la Sociedad Oftalmológica de la Comunidad Valenciana.
Al respecto, el Cgcoo ha rechazado el intento de bloqueo de su entrada en la sanidad pública “por intereses e insisten en la importancia de respetar y valorar a los distintos profesionales sanitarios que cuidan de la salud de la población”.
Oftalmólogos fuera de foco…
El organismo aclara que la salud no es exclusiva ni monopolio de ninguna profesión, es multidisciplinar y se nutre de todos los profesionales sanitarios que la sociedad ha preparado al más alto nivel, y que con su actividad ayudan a mejorar la calidad de vida de las personas.
“No se puede tratar de bloquear la entrada en la Sanidad Pública a una profesión sanitaria por intereses corporativos. No hay sanitarios de primera ni sanitarios de segunda, solo hay profesionales que cuidan de la salud de sus pacientes”, ha dicho Juan Carlos Martínez Moral, presidente del Cgcoo.
Funciones y competencias del óptico-optometrista
El Cgcoo también hace referencia a un dictamen realizado por De Lorenzo Abogados, a petición de la propia Sociedad Española de Oftalmología, dentro del apartado Visión Normativa, en sus páginas 22/23/24, incluye el siguiente texto:
“La Óptica-Optometría es una profesión libre, sanitaria, no médica, como acabamos de apuntar e independiente en la asistencia primaria” (pág. 22).
“El óptico-optometrista es un profesional sanitario, pero no un médico, por ese motivo no puede diagnosticar patologías. En el caso de detectar o sospechar enfermedades, el óptico debe remitir al paciente al oftalmólogo para que confirme y, en su caso, trate la enfermedad, de hecho, este profesional sanitario es, a menudo, el primero en detectar patologías oculares en las personas que acuden a la óptica o centro sanitario en el que prestan sus servicios” (pág. 23/24).
Para conocer todas las competencias de los ópticos, también hay que remitirse a la Orden CIN/727/2009.
El propio informe jurídico deja claras, por tanto, las funciones profesionales del óptico-optometrista, que se detallan a continuación: Realizar completos exámenes visuales con eficacia; implementar técnicas individualizadas de rehabilitación visual en niños con determinadas alteraciones visuales y en adultos que han sufrido enfermedades o traumatismos que han afectado a sus funciones visuales; elaborar programas de prevención y mantenimiento de la salud visual de la población; explorar y analizar las estructuras oculares para detectar la posible presencia de enfermedades o patologías, no solo oculares sino también sistémicas, y derivar, en aquellos casos que corresponda, el paciente al médico; llevar a cabo una gestión clínica centrada en el paciente, en la economía de la salud y en el uso eficiente de los recursos sanitarios.
Para conocer todas las competencias de los ópticos, también hay que remitirse a la Orden CIN/727/2009.
La mayor parte de la actividad asistencial del óptico-optometrista está encaminada a solucionar problemas visuales altamente prevalentes en la población, como son las deficiencias refractivas y binoculares, así como a la prevención de la salud visual, y supone una mejora en el rendimiento de los sistemas de Atención Primaria para garantizar un acceso equitativo a los ciudadanos a los servicios sanitarios.
“La capacitación profesional de los ópticos-optometristas contribuye, sin ningún género de duda, a mejorar la salud visual de la población, con una atención preventiva y precoz adecuada en plazo y una optimización de los recursos con equidad”, ha remarcado Martínez Moral.
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