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El Plan VEO despega en España con 4.500 de ópticas adheridas y 8.500 ópticos en el primer día de su vigencia

La solicitud de adhesión por parte de las personas titulares de los establecimientos sanitarios de óptica se podrá presentar desde el momento de la inscripción del convenio en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal hasta el 31 de diciembre de 2026

FOTO: Unsplash

Por Modaengafas - 17/12/2025

El Plan VEO ha comenzado con fuerza en España. En el primer día de su aplicación, 4.500 ópticas y 8.500 ópticos se apuntaron al plan, que contempla subvenciones de un máximo de 100 euros para menores de 16 años que les permita cubrir el coste de productos ópticos esenciales, como monturas básicas con lentes graduadas orgánicas con antirreflejante, o lentes de contacto (lentillas) y soluciones de mantenimiento durante un año.

Según el convenio firmado entre el Ministerio de Sanidad y el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas (Cgcoo), que se ha publicado en el BOE del 17 de diciembre de 2025, podrán adherirse al convenio las personas físicas o jurídicas que sean titulares de establecimientos sanitarios de óptica que cumplan con los siguientes requisitos:

Dedicarse a la venta y/o dispensación de los productos contemplados en la cláusula segunda del convenio.

Disponer de la autorización pertinente para cada establecimiento sanitario de óptica de los que sea titular que participe en el Plan VEO de la comunidad o ciudad autónoma en la que esté situado.

La persona titular del establecimiento sanitario de óptica será la persona autorizada para solicitar la adhesión al convenio a través de la plataforma web diseñada por el Cgcoo.

La persona titular del establecimiento o establecimientos sanitarios de óptica deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Aportar la documentación que le permita acreditar ser la persona titular del establecimiento o establecimientos sanitarios de óptica que participen en el Plan VEO y el número de registro sanitario de cada uno de los establecimientos sanitarios de óptica de los que sea titular que participen en el Plan VEO.

Disponer de una autorización sanitaria vigente de funcionamiento de la comunidad o ciudad autónoma en la que desarrolle su actividad de cada uno de los establecimientos sanitarios de óptica de los que sea titular que participen en el Plan VEO.

Declarar disponer de los sistemas de ayuda visual contemplados en la cláusula segunda del convenio para su venta al público en cada uno de los establecimientos sanitarios de óptica de los que sea titular que participen en el Plan VEO.

Acreditar la presencia inexcusable, de forma permanente y continuada, en cada uno de los establecimientos sanitarios de óptica de los que sea titular que participen en el Plan VEO, de cuantos ópticos-optometristas sean precisos en el establecimiento, de acuerdo con su horario de funcionamiento y volumen de actividad, para poder garantizar el acceso a los sistemas de ayuda visual contemplados en la cláusula segunda del convenio de manera continuada durante el horario de la actividad del establecimiento. Disponer de, al menos, un profesional óptico-optometrista que preste sus servicios en cada uno de los establecimientos sanitarios de óptica de los que sea titular que participe en el Plan VEO.

El director/a técnico/a y el resto de los profesionales ópticos-optometristas que presten sus servicios en los establecimientos sanitarios de óptica que participen en el Plan VEO, de acuerdo con lo indicado por la persona titular de dichos establecimientos, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Estar en posesión del título oficial de Diplomado/Graduado en Óptica y Optometría o titulación legalmente equivalente, encontrarse incorporado, en calidad de ejerciente, al colegio profesional de ópticos-optometristas correspondiente en función de la comunidad o ciudad autónoma.

Carecer de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual, a cuyo efecto deberá aportar el certificado actual del Registro Central de Delincuentes Sexuales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. El Cgcoo se compromete a archivar los registros de certificados negativos de delitos de naturaleza sexual expedidos por la Administración de Justicia de los profesionales ópticos-optometristas colaboradores durante el tiempo necesario para la justificación de la subvención.

Carecer de antecedentes disciplinarios en el ámbito colegial. Este criterio deberá ser acreditado mediante una declaración responsable del director/a técnico/a del establecimiento y de los profesionales ópticos-optometristas.

Estar en posesión de una póliza de seguro de responsabilidad civil profesional.

La solicitud de adhesión por parte de las personas titulares de los establecimientos sanitarios de óptica se podrá presentar desde el momento de la inscripción del convenio en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal hasta el 31 de diciembre de 2026, junto con los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos señalados en esta cláusula, al Cgcoo a través de la plataforma web diseñada a tal efecto. En la documentación a aportar se incluirá, además, el número de cuenta corriente del establecimiento que participe en el Plan VEO, según lo indicado por la persona titular de dicho establecimiento, a efectos de realizar los pagos correspondientes por parte de la entidad colaboradora.

El Cgcoo, como entidad colaboradora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en virtud del presente convenio, deberá comprobar, de acuerdo con la documentación recibida, que las personas titulares de los establecimientos sanitarios de óptica, así como los profesionales ópticos-optometristas de los establecimientos participantes, cumplen las condiciones requeridas para poder adherirse al convenio contempladas en la presente cláusula. Una vez comprobada la documentación, el Cgcoo será el encargado de validar al establecimiento sanitario de óptica como entidad adherida al convenio.

El Cgcoo deberá mantener un listado actualizado de los establecimientos participantes en el convenio, accesible al público general en la aplicación web diseñada para dar cumplimiento a las actividades contempladas en el convenio, además de compartir dicho listado con el Ministerio de Sanidad.

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