El Congreso de los Diputados ha convalidado el decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.
Más de 6.000 ópticos tendrán que adaptarse al nuevo sistema de cotización para autónomos
El Decreto-ley 13/2022 afecta a unos 6.000 ópticos que, según datos de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), trabajan en calidad de autónomos.
De hecho, la reforma se empezará a desplegar desde el 1 de enero de 2023 hasta 2025; una vez implementada, los trabajadores por cuenta propia o autónomas cotizarán en función de los rendimientos anuales obtenidos en el ejercicio de sus actividades económicas.
¿Deben o no las ópticas tributar por módulos?
A efectos de determinar la base de cotización en este régimen especia,l se tendrán en cuenta la totalidad de los rendimientos netos obtenidos por los trabajadores autónomos, durante cada año natural, por sus distintas actividades profesionales o económicas, “aunque el desempeño de algunas de ellas no determine su inclusión en el sistema de la Seguridad Social y con independencia de que las realicen a título individual o como socios o integrantes de cualquier tipo de entidad, con o sin personalidad jurídica, siempre y cuando no deban figurar por ellas en alta como trabajadores por cuenta ajena o asimilados a estos”.
Las tablas generales y reducidas vigentes para cada año en este periodo 2023 a 2025 son las siguientes: (ir a la página 59 del Decreto-Ley publicado en el BOE).
Suscríbete a la newsletter de modaengafas.com